Que tal !
Se acercan las fechas en que muchos recibimos el aguinaldo y fondos de ahorro, pero
¿Este fin de año se acaba tu contrato de trabajo?
¿Bajo que argumentos se basan para la contratación de una empresa de seguridad?
¿Bajo que se fundamenta la empresa para contratar personal para proporcionar seguridad?
¿Que derechos y obligaciones se sujeta la empresa y el empleado?
¿Que perfil debería tener una persona para poder desempeñar funciones de seguridad de protección?
Estas preguntas te las puede "Solucionar" dicho propiamente un Licenciado en derecho con cédula profesional y especialista en Derecho Laboral pero estaría bien que existiera una orientación rápida de como debería ser un contrato laboral para el desempeño de una función especifica y un método o procedimiento apegado a la Ley o sea al Código de Procedimientos Penales del Estado y al Código de Procedimientos Penal Federal.
1 comentario:
Ojalá que las compañías de seguridad privada tuvieran un poco de consciencia y entendieran que quienes se dedican a ese tipo de trabajos también tienen familia y necesidades. De cualquier forma se les debe tratar como empleados de confianza y eso les deja muchas oportunidades a los patrones para no cumplir con la ley.
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